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Inhabilitan a ocho ex funcionarios municipales de Centro

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La Contraloría del municipio de Centro presentó un informe de la revisión que realizó al estado que guardaba la administración pública municipal al momento de la entrega-recepción, en el cual se encontraron irregularidades diversas que dieron pauta al inicio –en el ámbito de sus atribuciones– de procedimientos administrativos de acuerdo a disposiciones legales.

Entre la serie de irregularidades detectadas y enumeradas en dicho documento, sobresalen las relacionadas con el ejercicio del financiamiento, que la Sexagésima Legislatura del H. Congreso del Estado, le autorizó contratar al Ayuntamiento de Centro (2010-2012), según el -Decreto 023 de fecha 25 de mayo de 2010 publicado en el Periódico Oficial el 26 de mayo del mismo año.

Derivado de ello, inició los procedimientos de responsabilidad administrativa en los expedientes:

ADM/032/2013-CM, instruido en contra de Abraham González Santos, ex Director de Programación; Raúl Palomera González, ex Director de Programación; Alfredo Aristóteles Peralta Alfany, ex Director de Finanzas; Maritza Balcázar de la Rosa, ex Subdirectora de Contabilidad; y de Óscar Alberto Azcona Priego y Alex García Reyes, éstos ex Contralores Municipales; y el expediente: ADM/033/2013-CM, instruido en contra de Cuauhtémoc Muñoz Caldera, y Guillermo Alfonso Baeza Barrera, ambos ex Directores de Obras Públicas.

En el desahogo de los procedimientos de responsabilidad administrativa, se procedió a citar a los ex servidores públicos relacionados, otorgándoles la garantía procesal de audiencia, para que de ser así aportaran elementos en su defensa. En ningún caso, desvirtuaron las irregularidades detectadas, que son violatorias a disposiciones de la Constitución Política del Estado de Tabasco y de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado.

En razón de ello y conforme a la misma Ley de Responsabilidades, se determinó que no hubo un desempeño óptimo del servicio público encomendado, incumpliendo sus obligaciones de salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, eficiencia y eficacia, que deben ser observadas por todo servidor público.

En términos de lo que estipula dicho ordenamiento, se impusieron las sanciones de inhabilitación para ejercer empleo, cargo o comisión en el servicio público, atendiendo la conducta desplegada, que originó la responsabilidad administrativa.

Como resultado del procedimiento administrativo ADM/032/2013-CM se resolvió la inhabilitación de los siguientes ex servidores públicos:

ABRAHAM GONZÁLEZ SANTOS, inhabilitado por un periodo de seis años tres meses;

RAÚL PALOMERA GONZÁLEZ, inhabilitado por un periodo de tres años ocho meses;

ALFREDO ARISTÓTELES PERALTA ALFANY, inhabilitado por un periodo de siete años seis meses;

MARITZA BALCÁZAR DE LA ROSA, inhabilitada por un periodo de dos años seis meses;

ÓSCAR ALBERTO AZCONA PRIEGO, inhabilitado por un periodo de seis años tres meses; y

ALEX GARCÍA REYES, inhabilitado por un periodo de seis años tres meses.

Asimismo, de acuerdo al resolutivo del expediente ADM/033/2013-CM, se inhabilitó a los siguientes ex servidores públicos:

CUAUHTÉMOC MUÑOZ CALDERA, inhabilitado por un periodo de seis años tres meses; y

GUILLERMO ALFONSO BAEZA BARRERA, inhabilitado por un periodo de seis años tres meses.

También, de acuerdo a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos la Contraloria municipal procedió a notificar a la Secretaria de la Función Pública, Secretaria de la Contraloría del Estado de Tabasco, al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Tabasco, así como a las instancias municipales correspondientes, para su conocimiento.

Estos procedimientos y sanciones son de carácter administrativo y en su caso corresponderá a las instancias competentes, llevar a cabo los procesos de carácter resarcitorios.