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Nuevo revés de la Corte: Anula facultad del SAT para verificar identidad de personas físicas

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Los ministros consideraron que ese servicio, que se hacía a petición de empresas privadas mediante la verificación de la firma electrónica, violaba el derecho a la privacidad de datos personales.

El artículo prevé, entre otros aspectos, que los particulares que determinen el uso de la firma electrónica avanzada como medio de autenticación o firmado de documentos digitales, podrán solicitar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) que preste el servicio de verificación y autenticación de los certificados de firmas electrónicas avanzadas y en la porción invalidada contemplaba “la verificación de identidad de los usuarios”.

La decisión se tomó tras la impugnación del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la información y Protección de Datos a un decreto de 2020.

El Pleno de la SCJN consideró que el precepto vulneraba el derecho de autodeterminación informativa, relativo al uso de los datos personales –inclusive datos biométricos–, pues facultaba al SAT dar a conocer a terceros –autoridades y particulares– información personal que permita la verificación de la identidad de los usuarios de la firma electrónica avanzada. Ello, sin mediar consentimiento de los titulares de esa información, ni condicionar su uso a la realización de fines legales legítimos, en detrimento de los derechos humanos a la intimidad, privacidad y protección de datos personales. (Ahora Tabasco Noticias).