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Ratifica TEPJF triunfos en Paraíso, Cunduacán, E. Zapata y distrito 6 de Centro

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En sesión pública de resolución de 04 de septiembre de 2015, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas relativa a la declaración de validez de la elección de miembros del ayuntamiento de Soyaló, y la constancia de mayoría y validez otorgada a la planilla postulada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI). Lo anterior, al resolver el juicio de revisión constitucional electoral 234 de 2015, promovido por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM).

El partido actor argumentó como agravio que el Tribunal local había motivado indebidamente la sentencia, ya que se actualizaba la hipótesis de reelección al reconocer a Fredy Espinoza Hernández como candidato ganador, cuando él ya había sido electo como regidor de dicho ayuntamiento en el periodo previo. 

Los magistrados federales desestimaron el motivo de disenso hecho valer por el actor, en razón de que, para tener por válida la hipótesis que se invocó en la demanda, se debían reunir los siguientes elementos: a) Haber sido electo y b) Haber ocupado el cargo durante una parte o la totalidad del periodo para el que fue electo. Al respecto, en este caso quedó plenamente acreditado que Fredy Espinoza Hernández efectivamente fue electo por el periodo 2012-2015; sin embargo, no existe prueba alguna de que dicho ciudadano haya rendido protesta como regidor, ni que hubiera ocupado dicho cargo. Por tanto, no se actualizó el segundo de los elementos enumerados, y tampoco se configura la hipótesis de reelección. 

Sala Regional Xalapa confirma la elección de miembros del ayuntamiento de Paraíso, Tabasco

En otro asunto, al resolver el juicio de revisión constitucional 203, promovido por el Partido Acción Nacional (PAN), el Pleno de la Sala Regional Xalapa confirmó la sentencia del Tribunal Electoral de Tabasco que confirmó la elección de presidente municipal y regidores del municipio de Paraíso.

Los magistrados federales desestimaron el agravio relativo al supuesto rebase de topes de gastos de campaña, toda vez que existe imposibilidad jurídica para analizarlo, pues como lo manifestó el Tribunal local, aun no se conoce el dictamen consolidado de la revisión de los informes de campaña de los ingresos y egresos de los candidatos a diputados locales y de ayuntamientos en dicha entidad federativa, ya que la autoridad administrativa responsable no lo ha hecho, y por ende, tampoco existe pronunciamiento del Consejo General del Instituto Nacional Electoral sobre el mismo.

Asimismo, resultaron ineficaces el resto de los agravios que fueron aducidos por el PAN, relativos por una parte a la falta de exhaustividad en el planteamiento relativo al control de convencionalidad y la violación a las formalidades esenciales del procedimiento, así como a la supuesta falta de estudio de fondo por parte del Tribunal local con locual se pretendía anular la elección y la votación recibida en casillas.

En la sesión pública, la Sala Regional Xalapa también confirmó la declaración de validez de las elecciones en los municipios de 

Motozintla, Acala, San Fernando y Ocotepec, todos ellos en el estado de Chiapas. También se confirmaron la asignación de regidurías en los municipios de Cunduacán y Emiliano Zapata, Tabasco.

Asimismo, se confirmó el resultado relacionado con la elección de diputado local por el principio de mayoría relativa en el 06 Distrito Electoral con cabecera en Centro, Tabasco. 

En la sesión pública de resolución de este viernes se analizaron y resolvieron ocho juicios ciudadanos y 19 juicios de revisión constitucional electoral.