Inicio Local Ordena IEPCT a Rafael Acosta retirar expresiones contra Morena por acto anticipado...

Ordena IEPCT a Rafael Acosta retirar expresiones contra Morena por acto anticipado de campaña

26
0

El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT) ordenó al presidente del Comité Ejecutivo Estatal del PRD Tabasco, Rafael Acosta León, eliminar o modificar expresiones realizadas durante una rueda de prensa en las que llamó a no votar por Morena, al considerar que podrían constituir actos anticipados de campaña.

La determinación deriva de una denuncia presentada el pasado 4 de junio por Morena, a través de su representante propietario ante el Consejo Estatal del órgano electoral, en la que acusó al dirigente perredista de presuntas violaciones a la legislación electoral.
Como medida cautelar, la Comisión respectiva del IEPCT resolvió que Acosta León deberá editar o suprimir las expresiones contenidas en un video de una conferencia de prensa realizada el 11 de mayo y difundida a través de Facebook, donde, de manera preliminar, se advierten llamados que podrían vulnerar la normativa electoral vigente.
La autoridad electoral precisó que, en caso de considerarlo necesario, el dirigente perredista podrá eliminar por completo la transmisión alojada en dicha red social.
Asimismo, el acuerdo vincula a la Coordinación de Comunicación Social del PRD Tabasco para que supervise el cumplimiento de la resolución y, en su caso, realice las modificaciones necesarias o retire totalmente el contenido difundido en la página oficial del partido.
El IEPCT otorgó un plazo máximo de 12 horas, contadas a partir de la notificación del acuerdo, para cumplir con la medida cautelar. Posteriormente, tanto el dirigente como el partido deberán informar por escrito sobre las acciones realizadas y presentar pruebas documentales, capturas de pantalla o enlaces electrónicos que acrediten el cumplimiento.
La autoridad electoral advirtió que el incumplimiento de la resolución podría derivar en sanciones económicas individuales consistentes en una multa equivalente a 50 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir, 5 mil 865 pesos con 50 centavos.
En el acuerdo, la Comisión señaló que la medida cautelar busca evitar que continúe una posible afectación a los principios de equidad e imparcialidad que deben regir los procesos electorales, además de garantizar el respeto a los tiempos legalmente establecidos para realizar llamados a favor o en contra de partidos políticos.
El órgano electoral aclaró que la determinación se emite bajo un análisis preliminar y bajo la figura de la apariencia del buen derecho, sin que ello implique una resolución definitiva sobre el fondo del asunto.
Finalmente, se instruyó a la Secretaría Ejecutiva del IEPCT, a través de la Coordinación de lo Contencioso Electoral, realizar las notificaciones correspondientes y vigilar el cumplimiento de las medidas ordenadas.