Inicio Nacional Diputada del PRI denuncia a hombre por acoso sexual; ya fue detenido

Diputada del PRI denuncia a hombre por acoso sexual; ya fue detenido

7
0

El periodista y conductor del programa C4 en Alerta, Carlos Jiménez, reportó la detención de un hombre acusado deacosar sexualmente  a Tania Larios, coordinadora del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en el Congreso de la Ciudad de México.

Según la fuente, el detenido, identificado como Erick ‘N’ fue señalado por la propia diputada luego de que éste la acosara sexualmente en las inmediaciones de las oficinas alternas del Congreso de la Ciudad de México, ubicadas en la colonia Centro, alcaldía Cuauhtémoc.

C4 Jiménez detalló que el acusado fue trasladado a las instalaciones de la Fiscalía especializada en Delitos Sexuales, en espera de que se defina su situación jurídica.

Hay que resaltar que el acoso sexual se trata de una manifestación de violencia lasciva que va relacionada con la intimidad de la víctima. Este delito puede ocurrir por medio de palabras y acciones, por lo que su pena o castigo dependerán del escenario en el que ocurra.

El acoso sexual se puede presentar en distintos escenarios como en las escuelas, en el ámbito familiar, en el transporte público, en el trabajo, en la calle, entre otros lugares. Tiene la característica de que el agresor siempre buscará que la víctima esté en una situación indefensa o de riesgo para ejercer el abuso.

Algunas de las acciones bajo las cuales se puede presentar el acoso sexual, están relacionadas con manifestaciones no verbales o físicas.

En el caso de las manifestaciones no verbales destacan las miradas morbosas e insistentes dirigidas a alguna parte del cuerpo de la víctima, sonidos como silbidos o gestos sexuales, mensajes con contenidos sexuales enviados por algún medio electrónico, así como imágenes, signos o textos ofensivos divulgados de forma pública.

En el artículo 13 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se considera al acoso sexual con una forma de violencia en la que existe un ejercicio abusivo de poder en el que el agresor se aprovecha de una situación de riego o de un estado de indefensa de la víctima.

En la actualidad, el acoso de éste tipo, ya es un delito que se tipifica como abuso sexual en el artículo 260 del Código Penal Federal, y que contempla a las acciones que se realizan sin consentimiento y que obligan a la víctima a tener actos sexuales sin llegar a la copulación. (Milenio).