Un tribunal federal desechó hoy el amparo de la Ministra Yasmín Esquivel Mossa para frenar la resolución de la UNAM sobre el presunto plagio de su tesis de licenciatura en 1987.
El Vigésimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa resolvió, por dos votos contra uno, que la demanda de Esquivel es notoriamente improcedente y no debió ser admitida a trámite en febrero pasado por la jueza federal Sandra de Jesús Zúñiga, quien además concedió una suspensión que ha impedido a la UNAM resolver el caso.
El tribunal declaró fundado un recurso de queja de la UNAM.
Una vez que la sentencia votada hoy sea notificada oficialmente al juzgado, el Comité Universitario de Ética (Cuetica) podrá seguir adelante con el procedimiento y dar a conocer si Esquivel plagió la tesis que el alumno Édgar Ulises Báez presentó en 1986.
El magistrado Carlos Alberto Zerpa Durán explicó, en la sesión pública del tribunal, que el amparo de la Ministra es prematuro, porque el mero desahogo del procedimiento del Comité Universitario de Ética (Cuetica) de la UNAM no es un acto de imposible reparación.
Agregó que la determinación final del Cuetica es la que, de ser adversa a Esquivel, podría ser objeto de un juicio de amparo para verificar su legalidad.
Zerpa recordó que Esquivel alega que el procedimiento en la UNAM afecta su derecho al honor.
«En el procedimiento al que la están citando, no se está dilucidando su honor sino esta dilucidando la legalidad o ilegalidad en la elaboración de una tesis de licenciatura», explicó.
Fernando Ibarra, el magistrado disidente, criticó la poca claridad de los procedimientos que ha llevado la UNAM por este caso, y consideró que el amparo no es notoriamente improcedente y su admisión fue correcta.
Ibarra enfocó su crítica en el comunicado emitido por la Facultad de Estudios Superiores (FES) de Aragón, que afirmó que la tesis de Esquivel era una copia de la de Báez, sin haber dado a la Ministra derecho de audiencia previo para defenderse.
La FES emitió este comunicado antes de turnar el expediente al Cuetica, y el magistrado sostuvo que al menos por este tema, el amparo sí debe litigarse.
«La (FES) lo único que hizo fue hacer una comparación de los dos documentos y llegar a una conclusión que deriva de la lógica, uno fue anterior y otro fue posterior», replicó la magistrada Guillermina Coutiño.
«La quejosa a partir de eso tiene oportunidad de desvirtúa esa lógica, o sea, lo extraordinario, es decir, que la tesis que ella presentó a examen en 1987 es la original, o bien que no tiene ninguna vinculación. Sin embargo, eso será motivo de una resolución definitiva, y será hasta ese momento que se cause un daño que pueda ser impugnado a través del juicio de amparo», agrego.
Cabe mencionar que fue apenas este mes, a raíz del caso Esquivel, cuando la UNAM reformó sus reglas internas para poder anular títulos, exámenes y grados, incluso de egresados, que incurran en plagios u otras conductas deshonestas. Estas reglas no pueden ser aplicadas retroactivamente a la Ministra.
El presunto plagio de la tesis fue revelado por el escritor Guillermo Sheridan el 21 de diciembre.
El 24 de febrero, el diario El País reveló que 209 de las 456 páginas de la tesis de doctorado de Esquivel, presentada en 2009, son copia fiel de textos de una docena de autores a los que no dio crédito, pero la Universidad Anáhuac respondió que sus normas sólo permiten sancionar a exalumnos en los tres años siguientes a la presentación del examen. (Reforma).