Después de 6 horas y media de debate y 55 oradores en tribuna, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó con mayoría calificada el dictamen que reforma dos artículos de la Constitución, para hacer inimpugnables las adiciones o reformas a la Carta Magna.
Con 340 votos a favor, de Morena, PT y Partido Verde, una abstención y 133 en contra de PAN, PRI y Movimiento Ciudadano, el pleno avaló en lo general y en lo particular, excepto los artículos reservados.
Continúa la discusión de las cerca de 300 reservas con 52 oradores para discutirse en lo particular.
La reforma aprobada busca impedir que los cambios a la Carta Magna sean impugnados por vía judicial. La propuesta también establece que cualquier juicio o recurso pendiente sobre la validez de una reforma quedará sin efecto, lo que ha generado críticas por parte de la oposición.
La reforma aprobada busca impedir que los cambios a la Carta Magna sean impugnados por vía judicial. La propuesta también establece que cualquier juicio o recurso pendiente sobre la validez de una reforma quedará sin efecto.
Esto ha generado críticas por parte de la oposición, quienes acusaron que quitan el derecho de amparo y de otros recursos a los ciudadanos, quienes quedarán desprotegidos con esta reforma.
Por lo que Morena en el senado decidió hacer modificaciones de fondo al dictamen. Los puntos eliminados son:
– Retiró la propuesta de modificar el artículo 1, que impedía el uso de control de convencionalidad en normas de derechos humanos.
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Eliminó la modificación al artículo 103, que prohibía impugnar reformas constitucionales de forma o fondo.
– Quitó la disposición que prohibía a los tribunales resolver controversias sobre reformas constitucionales.
– Suprimió el cambio al artículo 105, que impedía recursos judiciales durante el proceso legislativo, pero mantuvo la prohibición de impugnar reformas constitucionales mediante controversias o acciones de inconstitucionalidad.
– Conservó la prohibición en el artículo 107 para usar el juicio de amparo contra reformas constitucionales.
– Eliminó artículos transitorios que anulaban recursos en trámite, dejando solo la obligación de resolver los casos pendientes bajo las nuevas disposiciones. (N+).