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Juez ordena cuidar salud de Murillo Karam

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Un juez federal de amparo prohibió hoy cualquier acto de incomunicación contra el ex Procurador General de la República, Jesús Murillo Karam, y ordenó a las autoridades del Reclusorio Norte tomar todas las medidas para garantizar la salud del detenido.

Antonio González García, Juez Segundo de Distrito de Amparo Penal, concedió una suspensión de oficio en un amparo promovido a nombre de Murillo Karam para impugnar posibles abusos en su contra.

Murillo, de 74 años de edad, fue detenido el viernes pasado acusado de obstrucción de justicia, tortura y desaparición forzada, durante la investigación del caso de los 43 estudiantes de la Norma Rural de Ayotzinapa en 2014.

«Dado el contexto de la pandemia de Covid-19, a efecto de garantizar su derecho a la salud, con fundamento en el artículo primero de la Constitución, y de encontrarse al quejoso en las instalaciones que ocupa el Reclusorio Norte de esta ciudad, su director queda obligado a garantizar, por sí o por conducto de quien corresponda, la salud e integridad física y psicológica, por lo que de manera inmediata deberá tomar todas las prevenciones, acciones y medidas pertinentes para controlar y/o evitar su contagio», ordenó el juez.

«La autoridad responsable deberá ser respetuosa de la dignidad y de los derechos humanos del quejoso y prevenir cualquier acto tendente a menoscabar su esfera personal, por lo que deberá permitir el acceso de familiares, abogados y/o autorizados de aquellos, en las condiciones y bajo las medidas de seguridad que estime conveniente atendiendo a la emergencia sanitaria que atraviesa nuestro País; así como evitar cualquier acto que pongan en peligro la integridad física y emocional, así como su vida, procediendo las condiciones mínimas de dignidad, sanidad e higiene», agregó.

González García comisionó a un actuario de su juzgado para que recabe en el reclusorio la firma de Murillo Karam ratificando la demanda de amparo, que fue presentada en su nombre por Rosa Azucena Vargas Hernández.

El sábado pasado, el Juez de Control Marco Antonio Fuerte Tapia dictó a Murillo prisión preventiva justificada, tras aceptar el argumento de la Fiscalía General de la República (FGR) de que cuenta con recursos económicos para fugarse.

Fuerte Tapia agendó para el 24 de agosto la audiencia donde escuchará argumentos para decidir si vincula a proceso al también ex Gobernador de Hidalgo y por cuáles delitos.

«En el caso de que el imputado sea una persona mayor de 70 años de edad, o afectada por una enfermedad grave o terminal, el órgano jurisdiccional podrá ordenar que la prisión preventiva se ejecute en el domicilio de la persona imputada o, de ser el caso, en un centro médico», prevé el Código Penal Federal.

Esta medida no aplica para acusados por delitos de prisión preventiva forzosa, y tampoco aplicaría si Tapia Fuerte insiste en que hay riesgo de fuga.

De los tres delitos que se imputan a Murillo, la desaparición forzada está prevista en el Artículo 19 de la Constitución como de prisión preventiva forzosa. (Reforma).