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Otorgan otro amparo a Caro Quintero para frenar su extradición

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Abigail Ocampo Álvarez, jueza Primero de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federal en el Estado de México, admitió a trámite el nuevo amparo para suspender provisionalmente la orden de detención con fines de extradición a Estados Unidos y la orden de reaprehensión en su contra de Rafael Caro Quintero, exlíder del cártel de Guadalajara.

“Por lo que respecta a los actos reclamados consistentes en la orden de reaprehensión y la detención, con fines de extradición a Estados Unidos de América, por separado y por duplicado tramitase el incidente de suspensión, por así haber sido solicitado por el quejoso”, informó el Consejo de la Judicatura Federal (CJF).

El 15 de julio de 2022, Rafael Caro Quintero, el fugitivo más buscado por el gobierno de Estados Unidos, fue detenido en el municipio de San Simón (Choix), en el estado de Sinaloa.

.“Se informa que citado objetivo fue localizado entre matorrales por un elemento canino de esta institución, de nombre ‘Max’, cuyo adiestramiento de búsqueda y rescate permitió su ubicación”, señaló entonces la dependencia en el reporte.

La dependencia indicó en su momento que Caro Quintero, de 69 años, se escondió entre matorrales y un perro entrenado, adiestrado en búsqueda y rescate por la Semar ayudó en su ubicación.

La Semar informó que en un operativo llevado a cabo por la Fiscalía General de la República (FGR) de México, en coordinación con personal naval, “se logró la detención de un presunto transgresor de la ley, en el estado de Sinaloa, señalado como un objetivo prioritario para el Gobierno de México y de los Estados Unidos”.

Tres días después de la captura de Rafael Caro Quintero, Francisco Reséndiz Neri, juez del Juzgado Séptimo de Distrito de Amparo en Materia Penal con sede en Puente Grande, Jalisco, concedió un amparo para frenar la extradición del fundador del Cartel de Guadalajara, el cual fue solicitado por la hermana del presunto capo, Beatriz Angélica Caro Quintero.

“Se concede la suspensión de plano, para el efecto de que de no se ejecute y el interesado quede en el lugar donde se encuentre a disposición de este órgano jurisdiccional de amparo, sólo en lo que se refiere a su libertad personal, hasta que se resuelva el presente juicio de amparo”, dijo entonces el juez del Consejo de la Judicatura Federal. (Forbes).