El diputado del Partido Verde Ecologista de México, solicitó se reforme la Ley Electoral y de Partidos Políticos del Estado.“En la propuesta buscamos generar una mayor igualdad y participación de la sociedad activa en las contiendas electorales”, apuntó en el Pleno del Congreso del Estado.
La Fracción Parlamentaria del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) en la LXII Legislatura del H. Congreso del Estado presentó un proyecto de decreto para reformar la Ley Electoral y de Partidos Políticos en el Estado para flexibilizar los requisitos para las candidaturas ciudadanas.
La propuesta fue presentada por el diputado, José Manuel Lizárraga Pérez, quien explicó en el Pleno que la iniciativa busca generar una mayor igualdad y participación de la sociedad activa en las contiendas electorales, así como el enriquecimiento de la vida democrática local y fortalecimiento ciudadano.
En la propuesta de iniciativa también se pide ampliar aún más la posibilidad que la ciudadanía cumpla con los requisitos necesarios para obtener el registro y garantizar el acceso a un proceso electoral en el afán de que bajo reglas claras y mecanismos equitativos puedan participar y alcanzar plenitud el nuevo derecho de los ciudadanos de participar, sin el aval de partido político alguno, como candidatos independientes a cualquier cargo de elección popular en el Estado.
Es importante resaltar que en la propuesta presentada por el Doctor Lizárraga en el Pleno del H. Congreso se pide específicamente reformar los numerales 2, 3 fracciones I a la IV del artículo 290 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos del Estado de Tabasco.
En el numeral dos es lo correspondiente a las fórmulas de diputados de mayoría relativa, la cédula de respaldo deberá contener cuando menos la firma de una cantidad de ciudadanos equivalente al dos por ciento (actualmente se solicita el seis por ciento) del padrón electoral correspondiente al distrito electoral de que se trate, con corte al 31 de agosto del año previo al de la elección, y estar integrada por ciudadanos de por lo menos la mitad de las secciones electorales que sumen como mínimo el uno punto cinco por ciento de ciudadanos que figuren en el padrón electoral correspondiente.
MENOS FIRMAS, MAYOR PARTICIPACIÓN
En las modificaciones a las fracciones I al IV del numeral tres en lo referente a las elecciones de candidatos a regidores se piden el siguiente número de firmas de acuerdo al número de electores:
· En municipios de hasta cincuenta mil electores, el dos por ciento (actualmente la ley exige ocho por ciento)
· En municipios de cincuenta mil uno hasta cien mil electores, el dos por ciento (actualmente la ley exige seis por ciento)
· En municipios de cien mil uno hasta trescientos mil electores, el dos por ciento (actualmente la ley exige cuatro por ciento)
· En municipios de trescientos mil un elector en adelante, el dos por ciento (actualmente la ley exige tres por ciento).